Nueva Ley de delitos económicos y delitos contra el medioambiente ¿Quiénes son responsables de delitos contra el medio ambiente?

La Ley 21.595, Ley de Delitos Económicos, publicada recientemente el 17 de agosto pasado, incluye entre sus materias el Medio Ambiente, añadiendo los atentados contra el medioambiente en la categoría de delitos económicos. Esta nueva ley introduce modificaciones a diversos cuerpos legales, considerando como delitos económicos algunos hechos previstos en disposiciones de la Ley de Bosques, Recuperación del bosque nativo y fomento forestal, General de Pesca y Acuicultura, Ley de Caza, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre, Ley de Monumentos Nacionales, Código de Minería, Código de Aguas, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

 

Destaca la incorporación de un nuevo párrafo al Código Penal, específico para los delitos ambientales, denominado “Atentados contra el medio ambiente”, que contempla figuras penales tanto de contaminación como de daño medioambiental.

 

En este artículo te explicamos más detalles.

¿Quiénes son responsables de delitos contra el medio ambiente?

Todas las personas penalmente responsables, conforme a las reglas generales, por un hecho considerado como delito económico, siempre que el hecho fuere perpetrado en ejercicio de un cargo, función o posición en una empresa, o cuando lo fuere en beneficio económico o de otra naturaleza para una empresa.

 

¿Cuáles son las penas establecidas?

Las disposiciones del nuevo Párrafo del Código Penal sancionan con presidio o reclusión menor en sus grados mínimo a medio (61 días a tres años) al que, sin haber sometido su actividad a una evaluación de impacto ambiental a sabiendas de estar obligado a ello:

  • Vierta sustancias contaminantes en aguas marítimas o continentales.
  • Extraiga aguas continentales, sean superficiales o subterráneas, o aguas marítimas.
  • Vierta o deposite sustancias contaminantes en el suelo o subsuelo, continental o marítimo.
  • Vierta tierras u otros sólidos en humedales.
  • Extraiga componentes del suelo o subsuelo.
  • Libere sustancias contaminantes al aire.

 

La pena será de presidio o reclusión menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años) si el infractor perpetra el hecho, estando obligado a someter su actividad a un estudio de impacto ambiental.

 

Por su parte los distintos cuerpos legales modificados por esta nueva Ley establecen penas de presidio por los hechos tipificados como delitos económicos, por ejemplo, causar daño o afectar la integridad de un monumento nacional, la caza o captura de especímenes sin la correspondiente autorización, la corta o descepado de especies nativas o sin un plan de manejo aprobado, entre muchas otras.

 

Además, todo delito económico conlleva además una pena de multa, así como la imposición de las inhabilitaciones y prohibiciones, por ejemplo, inhabilitación para el ejercicio de cargos gerenciales.

 

La Ley establece como regla general su entrada en vigor a partir de la publicación en el Diario Oficial, esto es el 17 de agosto de 2023, con excepción de las normas que modifican la Ley sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas, en cuyo caso regirá a contar del primer día del decimotercer mes siguiente al de la publicación de la ley (septiembre 2024).

 

Pasos a seguir

Es importante que esta Ley sea dada a conocer en los Directorios, Comités de Auditorías y Gerencias de las empresas e incluso en Bancos que financian proyectos, a fin de tenerla presente, principalmente al momento de planificar nuevos proyectos o modificaciones de proyectos existentes.

 

SustentaRoad cuenta con el know how y la experiencia requerida para asesorar a las empresas en su toma de decisiones respecto a la necesidad de someter sus proyectos a evaluación ambiental.

 

Recomendamos siempre como primera actividad realizar un diagnóstico ambiental de los alcances que tendrá el proyecto y su inserción en un área determinada, tomando en cuenta las condiciones ambientales del lugar de su emplazamiento y los efectos del cambio climático, entre otros elementos medioambientales.

 

 

Maureen Holloway – Gerente Legal

SustentaRoad - Consultora en Desarrollo Sustentable, especialistas en Proyectos Inmobiliarios

 

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